Sobre este punto, en el escrito de inicio se deberá consignar la siguiente información:
- Fecha y hora en que se produjo la videoconferencia consignando el momento de inicio y el momento de finalización. A su vez, se deberá aclarar la duración de la misma. Aquí reviste de suma utilidad la opción de Timestamp brindada por misma la plataforma, que desde ya recomendamos activar, accesible mediante el menú “Configuración”- “Grabado”. Luego tildar la opción “Agregar una marca de tiempo a la grabación”.
- Versión del cliente Zoom empleado por el usuario. (Ej. Versión 5.0.4 (25694.0524).
- Nombre del archivo y tipo de extensión (ej.: zoom_1.mp4).
- Tamaño del archivo.
- Hash del archivo contenedor de la grabación.
- Se deberá aclarar que la grabación de Zoom fue efectuada en tiempo real (streaming) y en plano secuencia (secuencia grabada en continuidad, sin cortes entre planos)
- Plataforma de almacenamiento en a la nube empleada y versión del cliente de la aplicación. (Ej. Dropbox 97.4.067).
- Los datos del titular de la cuenta de usuario utilizada en dicha plataforma (como su nombre de usuario, correo electrónico vinculado, país de creación de la cuenta, y cualquier otra información que surja de la sección “Perfil”).
- Link de enlace a la carpeta donde se encuentra alojada la grabacion de Zoom (ej.: https://1drv.ms/u/s!Agw1K9mMq3ZmoVzyf1c4SJ2nok6o?e=) mencionando el permiso otorgado sobre dicha carpeta (como ya sostuvimos, será de solo lectura a fin de mantener la requerida integridad).
- Cualquier otro dato vinculante que el lector encuentre necesario consignar.
Por último, consideramos viable solicitar que el perito informático designado en autos efectúe un informe sobre el funcionamiento de la plataforma Zoom como así también del servicio de almacenamiento en la nube empleado por el letrado, abarcando la reputación y trayectoria histórica de ambos como así también estableciendo el carácter de autenticidad sobre los datos que se aportan mediante el hipervínculo consignado en la demanda.
Fragmento de doctrina de Gaston Enrique Bielli, Carlos J. Ordoñez y Gabriel H. Quadri
Obtenido de: https://iadpi.com.ar/2020/06/04/zoom-prueba-electronica/