La recategorización es un proceso más simple y menos doloroso de lo que se cree, acá van los hitos y verdades que tenés que tener en cuenta:
¿Es obligatoria?
Sí, para todos los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado o Monotributo.
¿Cuándo debe hacerse?
En Enero y Agosto. La primera recategorización del 2025 empezó el 16 de enero vence el 5 de Febrero del 2025.
¿Quién lo debe hacer?
Cada contribuyente, solo o con ayuda de su contador/a.
¿Qué pasa si no lo hago?
En caso de mantener la categoría, no sucede nada, pero en caso de que corresponda cambiar de categoría, AFIP te recategorizará de oficio. Por el momento no implica sanción pero puede traerte algunas consecuencias que te limiten algún beneficio.
¿Como sé en qué categoría estoy y a cuál paso?
Si no recordás tu categoría podes consultarla en tu constancia de cuit a través de este link: Constancia de CUIT
Para saber cuál categoría te corresponde podes chequear tus ingresos anuales del 2024, en el mismo portal del MONOTRIBUTO cuando hagas el PASO A PASO para recategorizarte y verificar a qué categoría de la TABLA DEL MONOTRIBUTO 2025 corresponde.
¿Qué pasa si no cambio de categoría?
Nada, no corresponde recategorizar
¿Desde cuándo se paga la nueva categoría?
Desde Febrero 2025
Cualquier duda contactános!