Los casos se expanden en el ciberespacio, se tejen como redes que van afectando e infectado a todo tipo de usuario, en una generalidad tan amplia que no discrimina absolutamente nada ni a nadie. Según el último informe de We Are Social y Hootsuite, que año a año muestra las estadísticas, análisis y principales tendencias acerca del número de usuarios de internet, en este 2019 el mundo cuenta con 4.388 millones de internautas, una penetración del 57%.
El crecimiento del número de usuarios de Internet entre enero de 2018 y enero de 2019 representó el 9.1%, esto quiere decir 367 millones de internautas más. En 2014 la cifra total apenas alcanzaba los 2.485 millones de internautas.
Todo ese universo está abierto a ser víctima de un delito informático. En Argentina, la Asociación Argentina de Lucha Contra el Cibercrimen (AALCC) elaboró un informe estadístico con el ranking de los 10 ciberdelitos más denunciados entre agosto de 2018 y agosto de 2019.
De acuerdo con las 818 consultas realizadas al equipo de la AALCC se observa que las amenazas están en el primer lugar, con el 21% de los casos. Muy cerca y con un crecimiento alarmante en el último tiempo se ubica la sextorsión, con el 18% de las denuncias. Claro que al tiempo que crece y se expande, este delito encuentra algo de contracción a partir de la mayor cantidad de consultas y denuncias. De todos modos, al ser ejecutado por grandes organizaciones internacionales, casi imposibles de detectar, la amenaza es constante.
“Y esto es lo que tenemos blanqueado, denunciado por las víctimas. Sin dudas hay más, que no se animan a denunciar, por vergüenza o por temor a sacar a la luz un hecho que le pueda traer otros problemas personales”, cuenta a Clarín Diego Migliorisi, fundador de AALCC.
El delito de sextorsión tiene alguna similitud con la porno venganza, aunque no es lo mismo. En la sextorsión se busca el beneficio económico a través de una extorsión, bajo la amenaza de difundir material íntimo y sensible. En la revenge porn, una parte trata de desquitarse de la otra con ese tipo de información, sí, pero por un motivo personal y con el objetivo de dañar su reputación en las redes, en su círculo íntimo, sin el móvil económico como eje. Ese incentivo es único y exclusivo de la sextorsión.
La porno venganza es uno de los ejes de otro de los datos relevantes que presenta el informe de la AALCC, ya que es uno de los tres delitos que forman parte del top ten que no está tipificado, no encuentra marco legal en el Código Penal argentino. Y las consecuencias son inevitables: no hay sanciones por más pruebas que se encuentren. Los otros dos son el ciberbullying y la usurpación o suplantación de identidad legal. Las características de cada uno de estos delitos es la siguiente
1. Hostigamiento on line o Ciberbullying. Se da entre menores, pero también entre mayores. Molestar, acosar, hostigar, burlar a otra personas a través de medios informáticos en forma sistemática y continuada. En muchos casos se utilizan perfiles falsos o suplantados para resguardar el anonimato.
2. Usurpación o suplantación de identidad digital. Esta acción se da cuando una persona crea perfiles en redes sociales y/o plataformas informáticas con datos e imágenes de un tercero sin debida autorización y se comporta como si fuera la victima. Puede opinar, cometer otros delitos, suscribirse a diferentes sitios, contratar. Pero más allá de ello se modifica la reputación digital de la victima, situación que afecta en forma directa.
3. Publicación ilegitima de imágenes intimas o porno venganza. En este caso el autor publica –sin móvil extorsivo– imágenes de la víctima que tiene en su poder con el solo objeto de dañarla y afectar su reputación digital. Actualmente algunos de estos casos se tratan como violación de secretos (Art.153 CP) pero dicho artículo no contempla la dimensión y la gravedad del daño que produce ni los describe con exactitud. Casi el 92% de las víctimas son mujeres.
Ante este escenario, Migliorisi plantea un escenario bien concreto: "Es indispensable avanzar con la incorporación de estas conductas dolosas al Código Penal, ya que no sólo vienen creciendo significativamente sino que las víctimas no tienen posibilidad de avanzar en su reclamo y al no haber legislación de fondo genera impunidad. Si bien la Ciudad de Buenos Aires dio un paso muy importante al incorporar a su Código Contravencional estas tres conductas dolosas (2018) , las penas no guardan relación al daño que estos actos generales".
Las vías para denunciar son las siguientes: 0800 33 (FISCAL) 347225 / www.cibercrimen.org.ar / Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. / Línea 134.
Obtenido de: https://www.clarin.com/policiales/ranking-ciberdelitos-10-denunciados-marco-legal_0_jOCRFRmO.html