AFIP prorrogó hasta el 30 de junio el plazo para acceder a créditos a tasa cero

 
 

La solicitud se debe gestionar por la página de AFIP con clave fiscal

  • Desde el momento en que la solicitud sea presentada, el banco acreditará en hasta 2 días hábiles la financiación
  • El crédito será otorgado en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas con un máximo de $150.000 para las categorías D en adelante y de hasta $104.370 para la categoría C, mientras que la A y B no podrán acceder ya que tienen destinado los $10.000 del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).

Pero los de categoría A que entre el 12 de marzo y el 12 de abril hayan facturado por debajo de $10.000, podrán recibir los créditos a tasa cero del programa Apoyo de Emergencia a la Producción y el Trabajo (ATP), en el marco de las medidas para paliar la crisis económica por el coronavirus

  • La acreditación funcionará como un aumento en el saldo límite para consumo en las tarjetas y, en caso de no agotarse el total asignado para el mes, podrá acumularse para los períodos siguientes hasta que se complete el gasto.
  • En el caso de que se trate de personas sin cuenta bancaria, para evitar que estas deban concurrir a las sucursales para abrir una cuenta, serán los bancos los que se contacten con el beneficiario vía domicilio electrónico para iniciar el proceso de apertura y coordinar la entrega y habilitación de la tarjeta.
  • Los bancos no podrán rechazar el pago a los clientes que le asigne la Afip ni cobrar por la emisión de la tarjeta o su mantenimiento y que, a su vez, arbitrarán mecanismos necesarios para la distribución de las tarjetas.

La asistencia no tendrá en cuenta el patrimonio para el otorgamiento pero excluirá a quienes facturen al sector público, trabajen en relación de dependencia, sean jubilados o pensionados, hayan hecho compras mayores al 80% de sus ingresos promedio mensual o hayan facturado entre el 12 de marzo y el 12 de abril una cifra mayor al promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que estén registrados.

Cabe recordar que el monto al que accedan los beneficiarios incluirá las cuotas mensuales del impuesto normal y mensual al monotributo y al autónomo, que será retenido mensualmente por los bancos y depositado al AFIP.

FUENTE: La voz del interior

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