Por Hugo F. Pérez Carretta on Jueves, 10 Septiembre 2020
Categoría: INFORMÁTICA FORENSE

¿Puedo ver los puntos de pericia antes de aceptar el cargo?

Comentario:

Soy nueva en pericias, y salí designada en una demanda. Quería consultar sobre la documentación que debo presentar para aceptar el cargo, y si es posible ver el expediente y los puntos a pericia en el momento de la aceptación del cargo.
Muchas gracias

Respuesta:

Al recibir la cédula en la que se nos notifica de la desginación se debe concurrir al Juzgado a aceptar el cargo. Puede ser que el expediente esté en letra o que no esté en letra.

Es necesario recordar que los expedientes judiciales -salvo en materia penal, de familia o aquéllos que expresamente se «reservaron»- son públicos. Esto quiere decir que no hace falta presentarse en los mismos para revisarlos.

Por ello, el perito cuando va a aceptar el cargo, pide el expediente y si está en letra, puede revisarlo con detenimiento.

Para ver la labor que tendrá que asumir, debe dirigirse a la demanda y también a la/s contestacion/es de demanda, que pueden ser más de una si hay varios demandados.

Dentro de estas piezas judiciales (demanda y contestación) debe buscar el acápite de Prueba Pericial y allí buscar la de su profesión.

Verá todos los puntos de pericia sin necesidad de haber aceptado el cargo previamente.

 

Fuente: https://soyperito.com/2014/03/06/puedo-ver-los-puntos-de-pericia-antes-de-aceptar-el-cargo/

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